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Las 2 cláusulas más terroríficas de las preventas inmobiliarias

Las 2 cláusulas más terroríficas de las preventas inmobiliarias

Cuando inviertes en preventas inmobiliarias, firmas una oferta o contrato de promesa de compraventa. Estos documentos son tu prueba más valiosa cuando vas a escriturar.

 

Sin embargo, debes entender cada cláusula del contrato. Y por ello te queremos compartir…

 

Las 2 cláusulas más terroríficas en los contratos de preventa.

 

CLÁUSULA DE INFLACIÓN

Esta cláusula suele ser la más cuestionada, pero en realidad es una ayuda mutua.

 

Los desarrolladores agregan una cláusula de inflación a los contratos con el fin de protegerse en caso de existir una alta inflación durante la preventa.

 

Y esto sucede porque los desarrolladores sufren constantemente incrementos de precios en los materiales de construcción.

 

Como al comprar en preventa los inversionistas “amarran” precio hasta la entrega del proyecto, el desarrollador tiene que absorber la inflación.

 

Pero imagínate que la inflación sea tan alta que al desarrollador ya no le den los números y no pueda entregarte tu propiedad.

 

Para evitar esto, los desarrolladores suelen incluir la cláusula de inflación que indica que si la inflación anual o acumulada en el periodo de preventa incrementa arriba de cierto porcentaje, tienen derecho a incrementar los precios proporcionalmente.

 

Parece una cláusula en contra del comprador, pero en realidad es una división de riesgos para poder entregar el proyecto con calidad.

 

Además, se le da la opción al comprador de aceptar el nuevo precio, o bien, rescindir el contrato y recibir todas las cantidades entregadas, recuperando así su dinero.

 

Entonces, ¡no hay por qué temer a esta cláusula!

 

CLÁUSULA DE REUBICACIÓN DEL INMUEBLE

¡Cómo da de qué hablar!

 

En los contratos de preventa, existe una cláusula de reubicación del inmueble, en donde se estipula que el desarrollador puede reubicar tu propiedad dentro del mismo proyecto en caso de:

  • Requerir cambios en el proyecto arquitectónico por petición de las autoridades.

  • Tener que modificar el desarrollo por vestigios arqueológicos, patrimonio cultural o extravagancias encontradas durante la construcción que requieran un rediseño en el masterplan.

Esto con la condición de respetar la superficie total que estás adquiriendo.

 

Los clientes suelen preguntarnos por esta cláusula por miedo a que les den otra ubicación dentro del proyecto simplemente por voluntad del desarrollador, cuando en realidad no sucede así.

 

Lo menos que quiere un desarrollador es generar una mala relación con sus inversionistas, porque todos sabemos que las experiencias negativas pasan de boca en boca más rápido que las positivas.

 

Además, en un proyecto exitoso, las demás unidades también se venderán, resultando casi imposible alterar las ubicaciones.

 

CONCLUSIÓN

Parecieran ser las peores cláusulas de un contrato para las preventas, cuando en realidad son cláusulas de un desarrollador responsable que considera las fuerzas externas que pueden influir en su proyecto, dejando por escrito qué sucederá en caso de algún evento como estos.

 

Nosotros como inversionistas debemos entender que no son cláusulas en contra de nosotros, sino a favor de ambas partes, con el fin de asegurar la entrega de un excelente proyecto en el cual estás confiando tu patrimonio.

 

Si nuestras ganancias serán mayores a la inflación, y estamos invirtiendo en un proyecto que ya revisamos al 100% con nuestro asesor en inversiones inmobiliarias, ¡la reubicación no debe ser problema tampoco!

 

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